La respuesta depende del tipo de formación. Una de las novedades de la normativa europea es que no toda la formación la imparte AESA, pero no cualquier academia puede expedir certificados oficiales. Es importante distinguir entre formación, examen y certificación.
1. Formación para la categoría Abierta (A1/A3)
¿Quién puede impartirla?
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Actualmente el curso oficial A1/A3 es gratuito y se realiza íntegramente online mediante la plataforma de AESA. Tras superar el examen, AESA emite directamente el certificado oficial.
Portal oficial:
Requisitos
- Ser mayor de 16 años (salvo excepciones previstas por la normativa).
- Registrarse en la plataforma.
- Realizar el curso.
- Superar el examen tipo test.
El certificado es válido en todos los Estados miembros de la Unión Europea.
2. Formación para la categoría A2
La subcategoría A2 permite determinadas operaciones más próximas a personas que la A3.
¿Quién puede impartir la formación?
La preparación puede realizarse:
- mediante autoformación;
- mediante academias privadas;
- mediante operadores especializados.
Sin embargo, el examen oficial únicamente lo realiza AESA. Ninguna academia puede expedir el certificado oficial A2.
Requisitos
Es necesario disponer previamente del certificado A1/A3 y además:
- realizar formación práctica;
- efectuar una declaración de formación práctica;
- superar el examen oficial de AESA.
3. Formación para escenarios estándar europeos (STS)
Esta formación es necesaria para determinadas operaciones de la categoría Específica.
Aquí el sistema cambia.
Formación teórica
Puede impartirse:
- por una entidad reconocida;
- por un operador UAS;
- incluso mediante autoformación siguiendo el programa oficial (Syllabus).
No obstante, el examen teórico oficial lo realiza siempre AESA, que es quien expide el certificado correspondiente.
Formación práctica STS
La formación práctica no puede impartirla cualquier academia.
Solo pueden hacerlo:
- Entidades reconocidas por AESA.
- Operadores UAS que hayan presentado la declaración correspondiente y cumplan los requisitos del Reglamento europeo.
Estas entidades son las que evalúan las aptitudes prácticas y expiden la acreditación práctica correspondiente.
Listado oficial:
4. Formación para actividades NO EASA
Cuando se trata de actividades desarrolladas por organismos públicos como:
- Protección Civil.
- Policía.
- Guardia Civil.
- Bomberos.
- Salvamento.
- Vigilancia costera.
- Aduanas.
se aplica el régimen de actividades o servicios NO EASA previsto en el Real Decreto 517/2024.
La formación práctica únicamente puede ser impartida por Entidades Facultadas por AESA.
Información oficial:
5. ¿Qué requisitos debe cumplir una entidad para impartir formación oficial?
Dependiendo del tipo de formación, debe cumplir requisitos establecidos principalmente en el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 y en el Real Decreto 517/2024, entre ellos:
- disponer de instructores cualificados;
- contar con evaluadores de aptitudes;
- disponer de un Manual de Instrucción;
- utilizar aeronaves adecuadas para la formación;
- mantener registros documentales de alumnos;
- declarar periódicamente a AESA los alumnos que han superado la formación;
- conservar la documentación durante los plazos reglamentarios;
- cumplir los programas oficiales (Syllabus) establecidos por la normativa europea.
6. ¿Cómo puede convertirse una empresa en centro de formación?
Existen varios modelos:
- Entidad reconocida para formación STS.
- Operador UAS que además imparte formación práctica STS.
- Entidad facultada para actividades NO EASA.
- Entidad designada para determinadas operaciones bajo autorización operacional.
En todos los casos es necesario presentar la correspondiente declaración o solicitud ante AESA y cumplir los requisitos técnicos y organizativos establecidos.
Enlaces oficiales recomendados
- Portal de drones de AESA
- Formación de pilotos UAS
- Curso y examen oficial A1/A3
- Formación STS
- Entidades de formación STS reconocidas
- Sede electrónica de AESA – procedimientos de formación
Si estás elaborando un manual de drones para Protección Civil, puedo prepararte un capítulo específico titulado "Habilitación como operador y piloto UAS en España (2026)", con diagramas de flujo, tablas comparativas de requisitos (A1/A3, A2, STS, SORA y NO EASA) y todos los enlaces oficiales organizados para consulta y actualización.








